Cuidado, ejercicio y estética
Dentro del concepto integral de salud y entorno saludable, vigilamos determinadas actividades con incidencia en la salud pública desarrolladas en establecimientos del municipio de Madrid.
El Plan de Inspecciones y Actividades Programadas en materia de Salud Pública (PIAP) 2024 del Ayuntamiento de Madrid recoge las actividades de control oficial ejercidas en los establecimientos que por su actividad tienen incidencia en la salud pública y la de los centros dedicados a la salud y a la protección animal.
Tatuaje y piercing
El tatuaje y la micropigmentación consisten en la introducción de pigmentos colorantes en la piel o mucosas por medio de punciones o inyección intradérmica. Las marcas o dibujos así realizados son permanentes. El piercing se basa en la perforación de cualquier parte del cuerpo con el fin de prender en el mismo objeto de metal u otros materiales.
Bronceado artificial
Los establecimientos de bronceado artificial utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas (UV). Al tratarse de una actividad que no está exenta de riesgos para la salud de las personas usuarias, las diferentes administraciones han publicado normativas que regulan estos centros, en las que se contemplan, entre otras cuestiones, requisitos en materia de seguridad y prevención, exigencias acerca de las condiciones higiénico-sanitarias en su instalación y funcionamiento, aspectos relativos a la formación del personal que maneja dichos aparatos, así como obligaciones referidas al asesoramiento e información que debe facilitársele al usuario.
Gimnasios
La Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid, regula las condicione estructurales de los locales e instalaciones, condiciones higiénicas, aspectos relativos al personal y organización, etc. de estos establecimientos dedicados a la práctica de ejercicio físico y deporte
Peluquerías y centros de estética
La Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid, regula en su libro cuarto a los establecimientos de estética y peluquerías.
En concreto, en esta normativa se contemplan exigencias estructurales de los locales e instalaciones, condiciones higiénicas, requisitos de los productos cosméticos, equipos y utillaje empleados, aspectos relativos al personal y organización, etc.
Centros infantiles
Los niños y las niñas son un colectivo muy vulnerable que necesitan de otras personas para que los cuiden, asistan, eduquen y representen.
Proporcionar a los menores entornos seguros y saludables tanto en los centros de educación y cuidado infantil como en los centros de esparcimiento y recreo es esencial para preservar la salud de niños, favorecer su aprendizaje y contribuir a crear las condiciones para que crezcan física y mentalmente sanos, y desplieguen todo su potencial. Por ello el Ayuntamiento de Madrid dentro de Plan de Inspecciones y Actividades Programadas en materia de Salud Pública (PIAP) desarrolla el Programa de control de centros infantiles para la vigilancia de las condiciones técnico sanitarias de escuelas infantiles de primer ciclo y centros de cuidado y recreo infantil.
Procedimiento de Priorización del riesgo en establecimientos con incidencia en la salud publica
Tiene como propósito establecer un control oficial basado en los principales factores de riesgo para las personas usuarias de estos servicios categorizando los establecimientos en función de los mismos al objeto de priorizar las inspecciones.