Las empresas de control de plagas no solo actúan cuando aparece un problema, también realizan labores preventivas para evitar su aparición.
Cuando Ud. descubre una plaga en el interior de su vivienda o alrededores de la misma, Ud. empezará a pensar en la contratación de una empresa de control de plagas que solucione el problema. No se debe escoger a la empresa precipitadamente, pregunte mucho hasta que entienda las respuestas y consulte con varias empresas antes de tomar la decisión final y firmar el contrato. Es posible que deba tomarse varios días para considerar toda la información que ha leído sobre cada empresa y el presupuesto recibido por cada una. Debe escoger la empresa basándose en criterios de seguridad y eficiencia, que le garantice un control integrado de plagas y una buena gestión medioambiental de los productos utilizados.
Le recomendamos que haga las suficientes preguntas y que se asegure de entender las respuestas y explicaciones que le dé la empresa de control de plagas.
Por ejemplo:
- ¿De que insecto/roedor/otro agente se trata?.
- ¿Me puede enseñar una muestra de la plaga o al menos indicios o evidencias de los daños causados?.
- ¿Existen otras opciones que no sean el uso de plaguicidas para controlar esa plaga?.
- ¿Si tienen que usar plaguicidas (a partir de ahora emplearemos el termino que se utiliza actualmente: biocidas) cuales son y por que?.
- ¿Cómo puedo ayudar a prevenir el problema?.
- ¿Qué tiempo durara el problema?.
- ¿Cuál es el periodo de seguridad posterior al tratamiento?.
- ¿Qué resultados podemos esperar?.
Existe una legislación específica que regula productos y empresas de control de plagas: Real Decreto 1054/2002, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas y la Orden 3269/03, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. A nivel de la Comunidad de Madrid es de aplicación la Orden 700/2010, por la que se crea el Registro de Establecimientos y Servicios Biocidas y se regula el procedimiento de inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Madrid.
Esta normativa regula las actividades e impone una serie de requisitos a todas las empresas que se dedican al control de plagas y que realizan tratamientos con productos biocidas. Se entiende por biocidas todas aquellas sustancias utilizadas para controlar, eliminar, disminuir o contrarrestar los efectos de cualquier organismo nocivo por medios químicos o biológicos. Se clasifican en general en: desinfectantes, rodenticidas, insecticidas, repelentes/atrayentes, protectores del agua, protectores de la madera, etc. La OMS advierte que los productos biocidas no son inocuos, producen efectos residuales en el mejor de los casos y en el peor pueden causar intoxicaciones en las personas, animales y contaminar el medio ambiente por lo que deben ser racionalmente utilizados: solo en casos necesarios y después del correspondiente diagnostico de situación y de la valoración riesgo-beneficio y, por supuesto, con un criterio de corrección y subsanación simultáneos de las deficiencias ambientales concurrentes.
El objetivo de una empresa de control de plagas es la eliminación o disminución de vectores como ratas, cucarachas o cualquier otro organismo que pueda suponer una molestia, peligro o riesgo para la salud de las personas o animales y cuya población ha rebasado el umbral de tolerancia. El umbral de tolerancia es el numero o densidad a partir del cual una población de organismos se constituye en una amenaza para la salud de las personas, animales y / o provoca daños o molestias no aceptables (ruidos, olores, daños a la propiedad, etc). Por lo que cualquier organismo puede convertirse en una plaga y esto depende de su número y hábitat. En las ciudades, el hábitat de cualquier organismo susceptible de convertirse en plaga son los edificios y espacios públicos y como consecuencia de la actividad humana (transporte de mercancías, almacenamiento de alimentos, generación de basura y otros residuos), dichos organismos pueden penetrar en las viviendas y proliferar en su interior de manera que comienzan a generar molestias y pueden ser la causa de enfermedades (contaminación de alimentos y agua, picaduras, mordeduras, etc).
Vamos a darle una idea general que le sirva de guía en el caso de que haya decidido contratar a una empresa de control de plagas.
La empresa debe facilitar al solicitante, una vez realizada la correspondiente inspección del edificio y de su entorno, los siguientes datos:
1. DATOS DE LA EMPRESA QUE REALIZA EL SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS:
- Razón social o denominación comercial.
- Dirección.
- Teléfono
- Nº de registro en la Comunidad Autónoma que corresponda de establecimiento y servicios plaguicidas.
2. DIAGNOSTICO DE SITUACIÓN O IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA:
- ORGANISMO DETECTADO: que tipo de plaga esta afectando a la vivienda o al entorno.
- Zona que se va a controlar (planos y lugares de colocación de cebos, en su caso.)
- Métodos de control que se van a utilizar: físicos o químicos.
3.-MEDIDAS CORRECTORAS AMBIENTALES:
- Recomendación de la subsanación de las deficiencias higiénicas (orden y limpieza) y de mantenimiento (orificios, grietas en paredes techos o suelos, pasa-tubos sin sellar, etc) detectadas en el edificio o en el entorno.
4.- TRATAMIENTO RECOMENDADO:
- En caso de que se tengan que aplicar biocidas hay que facilitar datos acerca de los mismos en los que se precisa con carácter mínimo: el nombre comercial del producto, nº de registro sanitario, composición, dosificación, modo de empleo, presentación comercial, técnica de aplicación, efectos secundarios, medidas en caso de intoxicación y plazo de seguridad.
- Reflejar las medidas de seguridad que se van a adoptar y que se tienen que respetar antes, durante y después del tratamiento.
- Fecha y hora previstas para la aplicación del tratamiento.
5.- DATOS QUE PERMITAN IDENTIFICAR A LOS RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO:
- Responsable del diagnostico de situación y del plan de actuación.
- Garantizar que el personal actuante está acreditado como aplicador de plaguicidas según la normativa vigente.
- Firma del responsable del tratamiento.
6.- PRESUPUESTO:
- El coste que va a suponer todo el proceso de control de dicha plaga.
Una vez que el solicitante esta de acuerdo con las condiciones de dicha empresa, ésta deberá entregar al solicitante un PLAN DE ACTUACIÓN en el que se van a reflejar como mínimo los siguientes datos:
1. ROESB: nº de registro de la empresa en el registro oficial de empresas y servicios plaguicidas en la Comunidad autónoma de Madrid.
2. DIAGNOSTICO DE SITUACIÓN:
- Identificación de la plaga que esta afectando a dicha vivienda: inspección y recogida de muestra.
- Origen y causas de dicha plaga: higiene, mal mantenimiento del edificio, entorno etc.
- Medidas ambientales correctoras.
- Determinación del medio de control mas adecuado.
3. INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD PREVIAS AL TRATAMIENTO:
- Informar sobre el tipo de vector / plaga, localización, etc.
- Informar sobre las medidas correctoras ambientales.
- Si es necesario tipo de tratamiento biocida recomendado incluyendo un calendario de actuaciones.
- Normas de seguridad acordes con el tratamiento previsto.
- Preparación del local (aislamiento, colocación de carteles de precaución, elaboración de planos de zona a tratar, etc).
- Plazo de seguridad (tiempo durante el cual no se puede permanecer en el interior de la vivienda, suelen ser periodos de 12-24 horas según producto).
4. REALIZACIÓN DEL SERVICIO:
Antes del tratamiento, el técnico actuante debe:
- Revisar el edificio y comprobar que se han adoptado las medidas de seguridad previstas específicas del tratamiento a aplicar.
- Asegurar la ausencia de personas, animales y alimentos.
Después del tratamiento:
- – Señalizar la zona tratada
- – Entregar el CERTIFICADO DEL SERVICIO PRESTADO al contratante.
MODELO DE CERTIFICADO DE REALIZACIÓN DEL SERVICIO:
Hay que indicar que existen modelos de certificado legalmente establecidos y en ellos deben existir los siguientes datos mínimos como son:
- Datos del contratante: nombre o razón social, comunidad de propietarios etc. dirección y teléfono.
- Datos de la empresa de control de plagas.
- Áreas tratadas.
- Características de la plaga a combatir.
- Tipo de tratamiento.
- Productos biocidas utilizados.
- Plazo de seguridad.
- Fecha de inicio de las operaciones de tratamiento.
- Garantías, en su caso, de la eficacia de la actuación / tratamiento realizado.
- Firma del responsable de la empresa de control de plagas.
EVALUACIÓN DE LOS METODOS DE CONTROL APLICADOS:
La prevención y control de plagas no se limita a uno o varios tratamientos biocidas, es un plan continuado de salud ambiental y por lo tanto requiere la consiguiente evaluación y revisiones de los tratamientos efectuados.
Sabia Ud. que:
Madrid Salud gestiona la prevención y control de plagas y vectores en la ciudad de Madrid en edificios de titularidad municipal y espacios públicos.
Los titulares de edificaciones privadas son los responsables del mantenimiento de sus inmuebles e instalaciones y de la realización de los correspondientes tratamientos de desratización, desinsectación y desinfectación a través de empresas de control de plagas en el interior de dichas edificaciones.
Documento actualizado: junio 2024