Localización de propietarios de animales identificados

Localización de propietarios y recuperación de animales ingresados en el C.P.A

Localización de animales extraviados no identificados

Cuando en el momento del ingreso se compruebe que un animal de dueño desconocido está identificado, se inicia un procedimiento estandarizado encaminado a la localización de su propietario y devolución al mismo o, en su caso, y si se comprobara la existencia de un acto de abandono, a la iniciación del correspondiente expediente sancionador.

El procedimiento completo de localización de propietarios de animales identificados consta de las siguientes etapas:

  • Comprobación de la identificación del animal y obtención, del Registro Oficial de Animales de Compañía, de los datos del propietario necesarios para su localización (nombre, dirección, teléfono y DNI en su caso).
  • Con carácter inmediato se procederá a contactar telefónicamente con el propietario a fin de comunicarle el ingreso del animal en esta dependencia.
  • De no ser posible el contacto telefónico con el propietario o si este no se persona para hacerse cargo del animal en un plazo breve, se remitirán sucesivas notificaciones mediante carta certificada con acuse de recibo, publicándose en último caso,y de no haber sido posible la notificación por estas vías, el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el tablón de edictos del Ayuntamiento donde esté domiciliado el interesado.
  • Una vez que se tenga constancia documental de que la notificación ha sido recibida, se contabilizarán 5 días hábiles desde la fecha de la recepción, período en el que el animal habrá de ser retirado por su dueño, o en el que este habrá de formalizar la renuncia al mismo.
  • Transcurridos los 5 días mencionados sin que el animal haya sido retirado por el propietario, pasará a ser calificado como abandonado, iniciándose el correspondiente expediente sancionador por abandono y quedando el animal disponible para su entrega en adopción

El destino final de un animal identificado podrá ser el siguiente:

Devolución al propietario: Un animal identificado se devolverá a sucpa4OK propietario cuando este lo reclame dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la notificación. Para ellos deberá acreditar su identidad mediante D.N.I. o similar. así como estar en posesión del obligatorio seguro de responsabilidad civil y de la Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos en los casos en los que estos documento sean obligatorios. Caso de que el propietario no pueda retirar personalmente el animal, podrá hacerlo en su nombre cualquier persona que aporte una autorización en ese sentido del interesado, con copia del D.N.I. de este.

Abandono: Transcurridos los 5 días mencionados, el animal identificado que no haya sido retirado por su propietario, pasará a ser calificado como abandonado.

Los propietarios de animales identificados habrán de asumir aquellos gastos generados por su recogida y permanencia en las instalaciones del Centro de Protección Animal en los términos previstos por la actual Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, y por la Ordenanza Reguladora de Tasas y Precios Públicos.